La cuantía máxima destinada a las empresas que cumplan los requisitos asciende a 5.000 euros a fondo perdido, un dinero que contribuirá a hacer frente a los gastos iniciales a los que debe hacer frente cualquier actividad empresarial.
Destinada a:
Personas físicas o jurídicas que inicien o hayan iniciado una actividad empresarial o profesional en el término municipal de Segovia, entre el 22 de agosto de 2022 y el 30 de septiembre de 2023, ambos inclusive.
Gastos subvencionables:
Cuotas de cotización a la Seguridad Social, gastos de colegio profesional, gastos de alquiler del local, consumos y gastos corrientes (electricidad, calefacción, seguros), gastos de mejora de la identidad corporativa, gastos de publicidad y marketing, gastos de prevención de riesgos laborales, gastos de registro de patentes y marcas, gastos derivados de suscripciones periódicas a aplicaciones informáticas o de gestión.
Plazo de solicitud:
Las solicitudes se podrán presentar desde el 30 de septiembre hasta el 16 de octubre de 2023 a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Segovia o alternativamente, en caso de personas físicas no obligadas a comunicación electrónica con las administraciones públicas, en una oficina de asistencia en materia de registros de este Ayuntamiento. Eso sí, se recomienda contactar previamente a presentar la solicitud con la oficina de SegoviActiva en el teléfono 921 463 546 y el correo electrónico segoviactiva@segovia.es a efectos de verificar la documentación a aportar.
El Ayuntamiento de Segovia lanza una nueva edición del programa “Segovia Emprende” 2023 destinado a proyectos de autoempleo y empresas de reciente creación con el objetivo de prestar apoyo y ayudas que contribuyan al desarrollo de la ciudad.
Requisitos para acceder a las ayudas "Segovia Emprende 2023":
- Ser personas físicas o jurídicas cuya actividad empresarial se haya iniciado entre el 22 de agosto de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.
- Disponer o encontrarse en trámite, a fecha de solicitud, de licencia o comunicación ambiental, si la actividad se realiza en tu local o en el domicilio
- Haber realizado gastos por importe igual o superior a 1.000 euros (sin incluir IVA) en los conceptos subvencionables indicados en las bases reguladoras de la convocatoria.