16:06 - Viernes, 26 de Junio de 2020
El Ayuntamiento de Segovia recuerda a los propietarios de fincas urbanas su obligación de controlar el crecimiento de la vegetación
El desbroce y limpieza de las fincas rústicas o urbanas sin edificar dentro del casco urbano, es fundamental para reducir el riesgo de incendios.
El incumplimiento de la Ordenanza Municipal de Parques y Jardines puede conllevar sanciones de hasta 3.000 euros a los propietarios.
El Ayuntamiento de Segovia recuerda a los propietarios de fincas no urbanizadas, rústicas o urbanas situadas en el casco urbano, la obligación de conservar esos espacios como regula la Ordenanza Municipal de Parques y Jardines.
Los propietarios están obligados a controlar el crecimiento de la vegetación de manera que no suponga un elevado riesgo de incendio. Igualmente, se les recuerda que deben mantener las parcelas limpias y en un estado estético que no implique alteración o deterioro del paisaje; deben controlar el crecimiento de la vegetación dentro de unos límites, de forma que no se ponga en riesgo la seguridad del tránsito, tanto peatonal como de vehículos, en la vía pública, y deben mantener los espacios ajardinados en condiciones que de acuerdo a las características de diseño y calidad de los inmuebles en los que se ubican, satisfagan las exigencias de calidad de vida de sus usuarios y de la sociedad.
En definitiva, los propietarios de esos espacios deben conservarlos siguiendo criterios de seguridad, salubridad, ornato y habitabilidad.
Los propietarios tienen de fecha hasta el 30 de junio para ejecutar esos trabajos, en cumplimiento de la Orden de 25 de junio, en la que la consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León fija como época de peligro alto de incendios en la Comunidad Autónoma, del 1 de julio y el 30 de septiembre.
A partir del mes de julio los técnicos municipales realizarán inspecciones a estas fincas. Si se comprueba que no se ha cumplido con el deber de conservación el Ayuntamiento iniciará los correspondientes procedimientos de ejecución forzosa, pudiendo el ayuntamiento realizarlos de manera subsidiaria (los gastos correrán a cargo del propietario). Sin perjuicio de la ejecución subsidiar, la Ordenanza municipal prevé sanciones que pueden llegar hasta los 3.000 euros.
El Ayuntamiento insiste en la necesidad de que los propietarios de parcelas y solares presten la debida atención a estas tareas de limpieza, actuaciones que deben realizarse de forma periódica para evitar la intervención municipal
Por último, recuerda que la colaboración de los ciudadanos es fundamental para la prevención de los incendios y para lograr la mejor y más cuidada imagen de la Ciudad.