El Ayuntamiento abre el plazo para el pago del primer recibo de la tasa de basuras

17:02 - Viernes, 30 Mayo
El Ayuntamiento abre el plazo para el pago del primer recibo de la tasa de basuras
Sostenibilidad Ambiental

El periodo voluntario abarca desde el 2 de junio hasta el 31 de julio y se podrá abonar en las entidades colaboradoras, telemáticamente y por bizum

Los recibos se tramitarán de manera individualizada para todos los vecinos sin que se pueda realizar ya el pago a través de las comunidades

El Ayuntamiento de Segovia ha puesto al cobro los recibos correspondientes al pago del primer plazo de la Tasa de recogida, transporte y tratamiento de residuos (tasa de basuras), cuyo periodo voluntario abarca desde el 2 de junio y el 31 de julio de 2025, mientras que el periodo ejecutivo comenzará al día siguiente de la finalización del periodo voluntario.

El departamento de Tributos ha iniciado la remisión de un juego de impresos en forma de tríptico a los buzones de los ciudadanos que no tengan domiciliados estos tributos que se ponen al cobro, un documento con el que se podrá realizar el pago en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras: Caixabank, BBVA,Santander, Sabadell, Caja Rural de Segovia e Ibercaja. En el caso de que algún ciudadano no recibiera el juego de impresos antes del 1 de julio deberá solicitarlo personalmente en las oficinas de Recaudación del Ayuntamiento de Segovia.

Del mismo modo, se podrá hacer efectivo el pago de forma telemática aquí  con cargo a una tarjeta de crédito o bien por Bizum.

Los padrones y matrículas de los recibos estarán en exposiciónpública durante el mismo periodo voluntario de pago señalado, surtiendo efectos de notificación colectiva, conforme establece el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre (BOE día18), General Tributaria, pudiendo ser consultados por aquellos que figuren como obligados tributarios sujetos pasivos de los distintostributos respecto de sus propios recibos e interponer, en su caso, elrecurso de reposición, que tiene carácter de previo y preceptivo alrecurso contencioso- administrativo, según la regulación del mismo contenida en el artículo 14.2 de la Ley de Haciendas Locales, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo (BOE día 9), siendo su plazo depresentación de un mes a partir del día siguiente al de terminaciónde dicho periodo.

Bonificaciones

El nuevo recibo de basuras, en el que se incluye desde este año el cobro de todo el proceso de recogida y tratamiento en aplicación de la Ley impuesta desde el Gobierno de España, se sacará al cobro en este ejercicio en dos recibos y será en el segundo en el que se podrán aplicar las bonificaciones previstas.

Estas llegan al 40 por ciento de la cuota anual de la tasa de basuras para aquellas personas que acrediten una renta familiar por debajo del 1,5 del referente IPREM (Indicador público de Renta de Efectos Múltiples) –hace falta aportar declaración de la renta o justificación de ingresos y justificación de que la vivienda es la residencia habitual- y para familias en otras situaciones de riesgo de exclusión social –en este caso hay que aportar certificado de servicios sociales del ayuntamiento y justificación de que la vivienda es la residencia habitual-.

Podrán acceder a una bonificación del 25 por ciento en la cuota íntegra de la tasa, los titulares de familia numerosa residentes en viviendas con valor catastral inferior a 200.000 euros. 

Para incentivar la prevención de residuos y la separación en origen, podrán optar a una reducción del 10 por ciento de la tasa aquellas personas que declaren separar adecuadamente las fracciones de resto, envases ligeros, orgánica (con uso de bolsa compostable), papel-cartón y envases de vidrio – en este caso permitirán la visita del personal municipal a su vivienda - o bien que declaren que no producen residuos de ninguna fracción. Tendrán la misma bonificación quienes se acojan a un programa municipal de compostaje de residuos domésticos.

Hasta un 5 por ciento tendrán de bonificación los contribuyentes por la adecuada utilización de los siguientes servicios: Punto Limpio; servicio especial de recogida de enseres y servicio especial de recogida de saca de escombros.

En el caso de los establecimientos, podrán optar a una subvencióndel 5% de la tasa si declaran separar las fracciones de residuos que produce su actividad según recoge la Ordenanza Fiscal de la Tasa por la recogida, transporte y tratamiento de residuos. 

Otras tasas e impuestos del segundo cuatrimestre de 2025

Por otro lado, el Ayuntamiento mantiene abierto el periodo voluntario, que finaliza el 30 de junio, para el pago de los tributos puestos al cobro durante el segundo cuatrimestre del 2025referidos a las tasas de suministro y depuración de agua, la de uso y aprovechamiento del dominio público mediante el acceso o paso de vehículos a garajes, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)tanto de naturaleza urbana como rústica, y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de características especiales.

Noticias relacionadas

Sostenibilidad Ambiental
25 Jun 2025

La red de calor prevista en el plan ImpulSE entrará en...

Sostenibilidad Ambiental
19 Jun 2025

Sostenibilidad Ambiental impulsa una campaña de...

Sostenibilidad Ambiental
11 Jun 2025

Entrega de los premios del II Concurso de Relatos...