Consultas públicas previas

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas regula, en su artículo 133, la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos.

La aplicación de este artículo a la Administración Local conlleva que las Ordenanzas y Reglamentos municipales, con carácter previo a la elaboración de sus borradores, recaben la opinión de la ciudadanía y de las Organizaciones más representativas potencialmente afectada por la norma a través de una consulta pública.

En los siguientes apartados puede consultar los procesos participativos de consultas previas, y participar si se encuentra activo el periodo de consulta:

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